Casas en arrendamiento urbano pueden pasar a renta resoluble

     Economia           
  • Luanda     Miércoles, 22 Junio De 2022    14h20  
Centralidad de Quilemba
Centralidad de Quilemba
Morais Silva

Luanda - Los ciudadanos que se han beneficiado de viviendas del Estado, a través del régimen de arrendamiento urbano, pueden solicitar el tránsito a la modalidad de alquiler resoluble (propiedad resoluble) o pago en efectivo, si la capacidad financiera es compatible con las respectivas modalidades.

Según el director nacional de Ordenamiento Territorial y Vivienda del Ministerio de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, Adérito Mohamed, los arrendatarios de las centralidades “no se limitan a quedarse en el arrendamiento urbano exclusivamente”, en función de la evolución o alza del promedio ingresos mensuales de cada ciudadano.

El responsable, que hablaba el martes (21), en una importante entrevista con la Televisión Pública de Angola (TPA), ejemplificó que si el ciudadano tuviera una renta mensual de hasta 123 mil kwanzas, valor establecido para el arrendamiento urbano, Actualmente puede incorporarse a la renta resoluble o al pago de contado, si aumenta su salario.

Para hacer esta elección, dijo, los inquilinos deben acudir al Instituto Nacional de la Vivienda (INH), que tiene la misión de administrar el 30% de los inmuebles destinados al régimen de arrendamiento urbano, cuyos beneficiarios son ciudadanos con un salario promedio mensual de hasta 123 mil kwanzas.

Por su parte, el Fondo de Fomento Habitacional (FFH) es responsable de la gestión del 60% de las viviendas establecidas para el régimen de renta resoluble (propiedad resoluble) y pronto pago (10%), visando la recuperación del capital invertido y la sostenibilidad de los proyectos de  viviendas.

Las modalidades de comercialización de inmuebles se encuentran dentro del ámbito del Decreto Presidencial 278/20, de 26 de Octubre, por el que se establece el régimen general de acceso a la vivienda, construida con fondos públicos.

Según ese documento, en conjunto con el Decreto Presidencial 84/22, de 12 de Abril, que establece y aclara las modalidades, procedimientos y criterios para el acceso a la vivienda del Estado, el 30% de las viviendas construidas con fondos públicos se destinan al servicio público.

Adicionalmente, el 20% es para jóvenes, el 15% para el sector público privado, el 15% para el público en general, el 5% para excombatientes y veteranos del país y otro 5% para discapacitados.

Sin embargo, a pesar de la cuota del 20% establecida para los jóvenes, la realidad ha demostrado que alrededor del 43% de las viviendas disponibles han sido ocupadas por ciudadanos de entre 18 y 45 años, según Adérito Mohamed.

Sin embargo, desde Marzo de 2019, la gestión de todos los proyectos habitacionales construidos y por construir en el país, incluidas las centralidades que antes administraba la inmobiliaria “Imogestin”, pasó a estar a cargo del Fundo de Fomento Habitacional (FFH) y el Instituto Nacional de Vivienda (INH).

El FFH es un fondo público, creado el 3 de Septiembre de 2007 y supervisado por el Ministerio de Finanzas, con la misión de actuar en el mercado inmobiliario, a través de acciones de promoción, financiamiento, construcción y comercialización de vivienda, de manera equitativa y sustentable.

Por su parte, el INH, organismo adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, tiene como misión velar por la ejecución de la política de fomento y promoción de la vivienda, la gestión y enajenación del patrimonio inmobiliario del Estado, con el fin de hacer la oferta de vivienda digna.





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