Trabajadores con salario de hasta 100 mil kwanzas están exentos del IRT

     Economia           
  • Luanda     Martes, 02 Enero De 2024    19h43  
Trabajadores en el interior de la fábrica de la imprenta nacional
Trabajadores en el interior de la fábrica de la imprenta nacional
Denilson de Jesus

Luanda - Los servidores públicos angoleños que ganan salarios de hasta 100 mil kwanzas están, a partir de este mes (enero), exentos del pago del Impuesto sobre la Renta del Trabajo (IRT).

Se trata de una iniciativa del Gobierno que pretende aliviar el actual coste de vida de las familias.

La medida, que ya fue publicada en el Boletín Oficial del 29 de diciembre de 2023, está incluida en el Presupuesto General del Estado (PGE) para el ejercicio económico 2024, cuya implementación comenzó hoy martes (2).

Antes de esta iniciativa, el IRT eximía a los empleados con salarios de hasta 70.000 kwanzas.

Con el nuevo ajuste, la tabla del IRT se reduce de 13 a 12 escalones, fijándose el porcentaje mínimo en el 13%, para salarios de 101 mil a 150 mil kwanzas (segundo escalón), mientras que el porcentaje máximo se fija en el 25% para ingresos superiores a 10 millones y un kwanza (paso 12).

Es decir, los trabajadores con ingresos entre 101 mil y 150 mil kwanzas pagarán el 13% del IRT, mientras que los que ganen más de 10 millones y un kwanza pagarán el 25% de este impuesto, además del descuento del 3% de la Seguridad Social, respectivamente.

El Impuesto sobre la Renta del Trabajo grava la renta de los trabajadores por cuenta propia (autónomos, profesionales comerciales e industriales) o por cuenta ajena (trabajadores dependientes).

Para efectos de este impuesto, los ingresos del trabajo constituyen todas las remuneraciones percibidas en forma de sueldos, salarios, honorarios, anticipos, bonificaciones, subsidios, premios, comisiones, participaciones, boletas de asistencia, emolumentos, participación en multas, costas y demás remuneraciones accesorias.

Exención del IRT

Además de los empleados con salarios de hasta 100 mil kwanzas, también están exentos del Impuesto sobre la Renta del Trabajo, siempre que exista reciprocidad de trato, los ingresos obtenidos por agentes de Misiones Diplomáticas y Consulares Extranjeras, así como los ingresos obtenidos por el personal extranjero en el servicio de Organismos Internacionales.

La exención del IRT también cubre los ingresos obtenidos por personal extranjero al servicio de Organizaciones No Gubernamentales, en los términos establecidos en convenios con entidades nacionales, previo reconocimiento escrito de la Administración General Tributaria (AGT).

Las personas con discapacidad física y mutilados de guerra, cuyo grado de invalidez o incapacidad sea igual o superior al 50% acreditado con la presentación de documentación expedida por autoridad competente, así como los ingresos obtenidos por antiguos combatientes, veteranos de la patria y personas discapacitadas por la guerra también están exentas del IRT.

QCB/KS





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